Clausura del reclamo
Su reclamo será cerrado si uno de los siguientes factores es aplicable:
- Usted está médicamente estacionario, lo que significa que su médico ha determinado que no se espera razonablemente una mejora significativa ni con tratamiento médico ni con el paso del tiempo
- Su lesión laboral ya no es la causa principal de su discapacidad
- Ha fallado en asistir a las citas médicas
Cuando su reclamo ha sido cerrado, usted recibirá un Aviso de Clausura. En el aviso se indirá cuánta incapacidad permanente se le ha otorgado y le dará instrucciones sobre cómo apelar.
Si usted no está de acuerdo con la clausura de su reclamo, tiene el derecho de apelar solicitando una reconsideración a la División de Compensación para Trabajadores. Debe solicitar la reconsideración dentro de los 60 días a partir de la fecha de envío impresa en el recuadro 1 en el frente de su aviso de clausura.
Más información sobre
reconsideración.
Beneficios después del cierre de su reclamo
Después de que ha sido médicamente estacionario y su reclamo haya sido cerrado, la aseguradora es responsable de los servicios médicos en el futuro con unas limitaciones. Revise con su aseguradora para determinar cuáles servicios están cubiertos. Los cuidados paliativos están cubiertos si usted está trabajando y necesita de esos cuidados para continuar trabajando o mientras asiste a la capacitación vocacional.
Si su condición aceptada empeora después de que haya quedado médicamente estacionario, puede presentar un reclamo por agravación para que se reabra su reclamo. Estos son los pasos necesarios:
- Llene
Forma 827s en su oficina médica y marque el casillero donde dice “Reporte de Agravación de la lesión original”
- El derecho a reabrir un reclamo termina cinco años después de que su reclamo se cierra por primera vez para un reclamo incapacitante o cinco años después de la fecha de su lesión para un reclamo no incapacitante.
- Si su condición empeora después de que finalicen sus derechos de agravación:
- Debe ponerse en contacto con la aseguradora.
- La aseguradora puede reabrir su reclamo y pagarle una compensación por incapacidad temporal durante su recuperación.